El alcalde de Ixhuatlán del Sureste, Raúl González Martínez, aseguró que la fiscalía general del Estado (FGE) no presentó pruebas que lo vinculen con la desaparición de la comunicadora Roxana Guzmán, durante la audiencia de alegatos y desahogo de pruebas celebrada este jueves 30 de julio de 2026 ante la Comisión Instructora del Congreso de Veracruz.
En una audiencia que inició después de las 16:00 horas y duró casi 5 horas, la defensa del alcalde de Ixhuatlán del Sureste, Raúl González Martínez, aseguró que la Fiscalía General del Estado está acusando al edil con un testigo de oídas que no está identificado y sin evidencias porque en la carpeta de investigación no aparece la fotografía con la que presuntamente se le vincula por el secuestro y homicidio de la periodista Roxana Berenice Guzmán Ramírez, privada de la libertad el 2 de junio en Nanchital y localizada sin vida semanas después.
El alcalde acudió este jueves al Congreso de Veracruz para la audiencia de pruebas y alegatos ante la Comisión Instructora como parte del proceso de desafuero que la fiscalía general del Estado solicitó en su contra. Por la fotografía en la que se le señala supuestamente el alcalde aparece portando un arma larga, la cual presuntamente tenía en su propiedad la reportera.
Al salir de la audiencia, los abogados del presidente municipal Julio César Rosas Salazar, Erick Basto Morales e Izaskum Moreno Navarro aseguraron que no existen elementos para que sea desaforado, ya que la Fiscalía no cuenta con las pruebas suficientes para acusarlo.
“Se incluye a un testigo tercero que refiere haber escuchado que el alcalde dio la indicación a un supuesto jefe de plaza del grupo Sombra, denominado Shelby, quien manifiesta que da la orden para presuntamente para privar de la vida a la reportera por la supuesta fotografía en la que se menciona que el alcalde porta un arma larga, fotografía que no se encuentra en la carpeta de investigación”, explicaron.
Detallaron que el testigo en una segunda declaración hizo una ampliación de información, pero que no le consta que estaba presente el alcalde en esa supuesta comunicación.
“Se hace referencia a que una persona, que ni siquiera está identificada con su nombre, le dijo que esta persona supuestamente tiene comunicación con el alcalde y le indica el tema de la fotografía. Es un testigo de oídas, es un tercero, a él no le consta, escuchó de otra persona que le dijo”, expresó.
Además, acusaron que, en el dispositivo de la periodista, que fue localizado por la Fiscalía, no existe ninguna prueba o fotografía que relacione al alcalde con su desaparición. “Por el dispositivo de la periodista no hay ningún peritaje que muestre que existió esa fotografía y que fue tomada de parte de la reportera”.
De la misma forma, los abogados señalaron que se tienen abiertos varios procesos contra la salud y contra las instituciones de seguridad pública, por los cuales las personas detenidas se refieren al caso de la comunicadora, “pero esos detenidos no están siendo procesados y se supone que fueron autores intelectuales”.
Delta uno. Participó en esa supuesta privación de la vida de la reportera y ella es quien en una segunda declaración, porque declara en la carpeta del delito contra las instituciones de seguridad pública y la salud, y ahí se declara culpable de la privación de la reportera y en una segunda declaración, cuando se encuentra el cuerpo de la reportera, se acuerda en un segundo hecho que a él le dijo Shelby que aparentemente el alcalde mandó a desparecer a la periodista por la fotografía que ella tenía, pero no hay prueba de ello”, expresó.
Puntualizaron que el juicio de procedencia se debe aplicar cuando se tienen las pruebas para poder desaforar a una persona. La defensa legal, además, aseguró que en el expediente se integró un sobre amarillo que fue abierto sin que estuvieran presentes y en el cual, según se les mencionó, se encontraba la declaración que presuntamente implica al alcalde.
Carpeta de investigación sin elementos para desafuero
En su defensa, el alcalde señaló que el fiscal de la sub unidad de Nanchital Iván Hernández González fue quien le solicitó quitarle el fuero para poderlo investigar. “No se pudo mostrar la fotografía, no se encuentra en el expediente y cada vez que se les cuestionaba se iba de la respuesta cada vez que se le pedía que mostrara la fotografía”.
Además, aseveró que en la carpeta de investigación no existen elementos para que se le aplique el desafuero porque no se le menciona de manera directa. Manifestó que cuando conoció la carpeta de investigación se percató de que no existen pruebas en su contra, sino que únicamente se le vincula por declaraciones de oídas de un tercero.
“Yo he dicho que quiero creer en las instituciones, quiero creer en que en México y Veracruz hay imparcialidad y se puede ejercer justicia para todos. Yo he venido a este Congreso y soy inocente, en esa carpeta que yo tuve a la vista nada de señalamientos de ninguna persona me incrimina”, expresó.
Refirió que toda la tramitología que ha tenido que atender en el Congreso local le ha quitado tiempo para poder atender de manera directa a la población del municipio que representa. “Pido a los diputados que puedan dar una solución conforme a derecho porque como ser humano, como padre, la parte en que se me vinculó como un asesino y la manera en que se me vinculó como actor intelectual en una carpeta que no menciona mi nombre por eso no se puede sostener basándose en escuchas de terceros”, comentó.
Procedimiento de desafuero
De acuerdo al procedimiento, una vez que concluya la audiencia, la Comisión tendrá un plazo de hasta tres días hábiles para emitir el dictamen final que será entregado a la presidencia de la Mesa Directiva, desde donde será integrado a la sesión del Pleno, que se constituirá en Jurado de Procedencia y tendrá la decisión final. Este proceso debe realizarse en sesión privada extraordinaria. Para aprobar el desafuero se requiere el voto de las dos terceras partes de la totalidad de los integrantes de la Legislatura, es decir, una mayoría calificada.
Que es el desafuero
La declaración de procedencia, conocida como desafuero, es un procedimiento legislativo mediante el cual se determina si un servidor público conserva o pierde la inmunidad que impide someterlo a proceso penal mientras permanece en el cargo.
La resolución del Congreso no establece la culpabilidad de los alcaldes ni sustituye las investigaciones de la Fiscalía. Su alcance se limita a resolver si la autoridad ministerial puede proceder penalmente en su contra. Si los dictámenes proponen retirar el fuero y reciben la mayoría calificada en el pleno del Congreso, los alcaldes quedarían separados de sus cargos y sujetos a la jurisdicción de los tribunales.