Asuntos Públicos: AMPARO

Escrito por Eduardo Coronel Chiu

Zona Centro

Eduardo Coronel Chiu - 2013-02-14

Aunque todavía regresará al Senado, debido a algunas modificaciones efectuadas ayer en su aprobación en la Cámara de Diputados, prácticamente ya está lista la nueva Ley de Amparo.

Esta ley, reglamentaria de la reforma constitucional de 2011, considerada avanzada en la protección de los derechos humanos y que cambió la rigidez de los principios procesales de la institución del juicio de amparo, encontró sin embargo resistencias en la Cámara de Diputados, donde se ve hicieron su labor, que al final no prosperó, los cabilderos de los llamados «poderes fácticos».

No hubo objeciones a la modernización de la forma de la demanda, que podrá presentarse en línea, tampoco a las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para declarar la inconstitucionalidad de una ley, reglas que rompen el principio de relatividad de la sentencia; o a la extensión de la legitimación en juicio, la variante de reconocer el «interés jurídico» de aquel que aduce ser titular de un derecho o interés legítimo individual o colectivo.

El centro de la controversia legislativa, penetrada por intereses externos, fue la figura de la suspensión del acto reclamado –incidente en el juicio de amparo que puede ordenar al inicio del mismo a la autoridad a mantener las cosas en el estado en que se encuentran– a fin de proteger el derecho presuntamente violado, en tanto se resuelve de fondo si hay o no actos arbitrarios de autoridad. Se impugnaron las excepciones a la suspensión en ciertas materias directamente relacionadas con grupos empresariales. Concretamente dos temas, uno de bancos y entidades financieras y otro de los beneficiarios de concesiones del estado, tales como telecomunicaciones, radio y TV, las empresas televisoras, aguas, minas, gas, entre otros. Conforme al primer supuesto, no se concederá la suspensión cuando «se impidan o interrumpan los procedimientos relativos a la intervención, revocación, liquidación o quiebra de entidades financieras, y demás actos que sean impostergables, siempre en protección del público ahorrador para salvaguardar el sistema de pagos o su estabilidad». Respecto al segundo, igualmente se negará la suspensión cuando «se impida u obstaculice al Estado la utilización, aprovechamiento o explotación de los bienes de dominio directo referidos en el artículo 27 de la Constitución».

La votación dividida de los diputados ilustra la polarización, 217 quisieron modificar esas dos fracciones, casualmente el diputado del PAN, ex presidente del Consejo Coordinador Empresarial, a quien se sumaron otros panistas, y la telebancada del PRI y del PVEM. Sostuvieron la redacción original 235 diputados, en su mayoría del PRI y el PRD.

Se rasgaron las vestiduras los diputados representantes de los concesionarios, particularmente la bancada del PAN, de que esta legislación ahuyentará la inversión privada y será una amenaza del garrote y el autoritarismo del estado contra la «libre empresa». En realidad no hay tal, pues no es el juicio mismo del que quedaron exceptuados sino sólo del beneficio de la suspensión. Y es que entre el interés de particulares y el general de la Nación, representada por el estado, éstos están por encima de aquellos. Al menos en el round de la ley de amparo. Los innombrables poderes fácticos perdieron una batalla.

Monitoreo a medios, con sobreprecio
Ya no sorprenden los enjuagues del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano (IEV), que con todo su descrédito preside Carolina Viveros en la adjudicación de los servicios. Tampoco por ello, que hayan entregado el contrato de monitoreo a medios de propaganda en la campaña electoral 2013 a la misma empresa, Verificación y Monitoreo, a la que se le observaron irregularidades en la cobertura en la elección de 2010, y a la que el IEV pretendió aplicar una multa en su pasado contrato.

El exceso en el precio contratado, casi 14 millones de pesos, según su página de transparencia –aunque 17 millones asegura el representante del PRD, Freddy Marcos–, queda en evidencia al compararse con lo que otros órganos electorales estatales pagan a otras empresas, e incluso muy superior a lo que la beneficiada cobra en otros estados. Por ejemplo, en Jalisco, señala el representante del PRD, equivalente en tamaño a Veracruz, Verificación y Monitoreo cobra no más de 6 millones por el mismo trabajo.

El monto del actual contrato, aunque es igual al que esa empresa cobró en 2010, no es ningún ahorro. En 2007, otra empresa, Orbit Media, entonces la consentida del IEV, también patito, se comprobó, cobró menos de 8 millones de pesos.

El refrendo del monitoreo anticipa, a ojos cerrados, aún antes de la convocatoria para la licitación pública, que el Programa de Resultados Preliminares (PREP) se lo adjudiquen por un monto cercano a los 50 millones de pesos a la empresa Proisi, arreglada con los directivos del IEV desde 2007. Está bueno el negocio. Para Carolina y sus socios.

TEMAS RELACIONADOS:

|