#AsuntosPúblicos: DE LA CUOTA A LA PARIDAD DE GÉNERO ELECTORAL
+ Publicado en Diario AZ Xalapa y Veracruz
Zona Centro
Eduardo Coronel Chiu - 2014-05-21
Sin hacer mucho aspaviento han sido las mujeres uno de los sectores ganadores de la más reciente reforma política electoral. Al margen del debate ideológico acerca de si debe o no existir en la vida pública y en particular en la política y administración gubernamental, los reservados legales para ciertos tipos sociales por la simple pertenencia a un grupo determinado o si la condición de ciudadano es especie y no género específico, y por tanto la selección de ediles en la democracias deben hacerse en razón a méritos y atributos personales ajenos a un género, el sistema político mexicano hacia algún tipo que dejó de ser lugar exclusivo de varones y se abrió a la participación creciente de la mujer en la administración pública y los cargos de elección popular.
En sus orígenes, para dar la cara de sistema moderno -no machista- , más tarde al incorporarse a las corrientes mundiales de los derechos humanos, con sus discursos de igualdad formal y no discriminación, aunque también debido al peso del género femenino en la composición poblacional y por supuesto como votantes.
La tendencia iniciada en la legislación electoral del país a principios de la década del 2000 para conceder cuotas de género en la postulación de los partidos políticos a cargo de elección acaba de dar un brinco para ponerse a la par. La previa legislación electoral que pretendía hacernos discriminatoria estipulada que las postulaciones partidistas a cargos de elección no debían haber más del 70% candidatos de un mismo género, y aunque no distinguía ninguno en particular, en los hechos, la cuota pequeña de género, es decir, el 30%, era para las mujeres. Ahora de golpe empatan el marcador, alcanzando el 50%, fifty-fifty, o a michas.
LA REFORMA CONSTITUCIONAL Y SU REGLAMENTACIÓN
Poco destacadas entre las discusiones sobre la creación del INE Y las reglas para quitarles a los gobernadores y poderes locales control de los órganos electorales locales o las prohibiciones de propaganda o las nuevas causas de unidad de elecciones, el caso es que la reforma constitucional en materia política electoral aprobada por el congreso de la unión el año pasado y promulgada en enero de este año, contiene ya la regla de paridad de género. El artículo 41 en su fracción I, relativa a los partidos políticos y su contribución A la integración de los órdenes de representación política, específica, entre otras referencias, que debe hacerlo de acuerdo a “las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales”. Dicho enunciado constitucional nos quedó en el aire, aparece detallado en la legislación secundaria recién aprobada por el Congreso, la que promulgarán en breve el presidente Peña Y que regirán los procesos electorales del país a partir de 2015.
La ley General de Instituciones y Procesos Electorales, la que reemplazará al Cofipe, impone a los partidos políticos (artículo 232) la regla de paridad desde el momento del registro de candidatos a diputados y senadores, por ambos principios de mayoría relativa y representación proporcional; deben registrar fórmulas de candidatos –propietarios y suplentes- de un mismo género (extensiva a Congreso local y del DF); y contiene además un procedimiento para el INE de verificación y control de cumplimiento e incluso para rechazar el registro que excedan la proporción o la negativa de registro, si la postulación de los candidatos de los partidos no se apega a la paridad de género. Similar obligaciones se impone en la Ley General de Partidos Políticos, no sólo para la postulación de candidato sino también para la integración de órganos directivos. Adicionalmente esta ley establece que cada partido determinará y era público los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a legisladores federales y locales. Y previendo la mañana masculina, agrega que “en ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que algunos de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos distritos de los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior”.
El género no garantiza un mejor desempeño ni como candidato y menos como legislador, puede a haberlos buenos o malos, sin importar el género, no son más que lugares comunes de la cultura, las habilidades, conocimientos y valores no son exclusivos de ningún género en particular.
Como la paridad es ya un hecho, se incorpora como factor en la estrategia electoral de los partidos. Abren espacios obligatorios a la participación política de las mujeres y meten camisa de fuerza a los grupos dominantes en los partidos que tendrán que acortar los lugares a los “matachines” y buscar hasta con lupa a las posibles féminas que puedan ser competitivas en las elecciones y luego, si ganan, buenas legisladoras. El mecate ya quedó atrás. ¡Señoras legisladoras!
JOSÉ RATÓN BASURA
A farsa y basura huele el más reciente teatro del oportunista diputado plurinominal del PRI, que no se olvida fue un alcalde por el PAN, señalado de corrupción y enriquecimiento, José Ramón Gutiérrez de Velásquez. Para quedar bien con su nuevo “jefe”, no por que busque alguna transparencia y rendición de cuentas, simula “hostilizar” al presidente municipal de Boca del Río, el panista Miguel Ángel Yunes Márquez, hijo de su antes jefe Miguel Ángel Yunes Linares, con una supuesta investigación de tráfico de influencia y simulación de contratos con el servicio de limpia pública. Por cierto similar a las tranzas que en su momento se le atribuyeron al Ratón en su saqueador gobierno municipal en el puerto de Veracruz.
Mientras en sus declaraciones a la prensa asegura que tiene todos los elementos para demostrar irregularidades y negocios del chiquiperro con la basura, servicio adjudicados sin licitación pública, dice, y que sería un chanchullo familiar por varios millones de pesos, las acciones de Josérratón son inocuas, ridículas, sin ninguna eficacia. Su audacia torpe lo condujo a hacer una solicitud al ayuntamiento de ¡acceso a la información!, una Carabina de Ambrosio en un trámite administrativo en el que la evasión de la respuesta puede litigarse prolongadamente. Si en verdad tiene evidencias o presunciones fundadas hay métodos más eficaces, si lo que se pretende –que parece que no lo es- es exhibir una corruptela del alcalde y la sanción a la Secretaría de Fiscalización del Congreso (y más que el Ratón es diputado), y hasta pedir la intervención de la tesorería municipal; también podría pedir una auditoría al Órgano Superior de Fiscalización (Orfis), que con excepción al principio de posterioridad tiene facultades para fiscalizar a un organismo sin que la gestión corresponda a una cuenta publica rendida. O directamente, poner una denuncia de hechos en la Procuraduría General de Justicia del Estado, por la presunción fundada de la comisión de ilícitos en el servicio de limpia pública. No se duda de la deshonestidad de Yunes Márquez, es capaz de eso y más él y su familia tienen una larga y conocida trayectoria de rapacidad y enriquecimiento en el servicio público, pero la acción de Joserratón es la más tonta. En el teatro de ratones. Joserratón haría el papel de Topo Gigio.