+ Artículo de la licenciada JESSICA MARISOL MONCAYO HERNÁNDEZ
Zona Centro
JESSICA MARISOL MONCAYO HERNÁNDEZ - 2015-06-30
Muy fuertemente dentro del contexto de la reforma laboral, muchos temas que estaban empolvados y no eran motivo de atención pública ahora resulta que para nuestro gobierno son de llamar la atención, durante mucho tiempo, cuando el Partido Revolucionario Institucional fue hegemónico, se le criticó fuertemente por el clientelismo y el corporativismo que prevalecían en los sectores que lo fueron alimentando. Lamentablemente, durante los últimos 12 años de alternancia en el poder, estas dos características que deberían de ser sólo de los sistemas autoritarios, siguieron prevaleciendo. La explicación que estudiosos del tema le han dado a este fenómeno es que el clientelismo y el corporativismo se convirtieron en cultura popular por practicarse de forma cotidiana y es difícil erradicarlos.
Cabe mencionar que no importa de qué fuerza política emana el gobierno federal, el de cada estado o el de los municipios, se sigue practicando mediante diferentes mecanismos.
Llegando a un conocimiento interpretativo para llevar acabo la “cláusula de exclusión”, para entender que estos vicios tienen su origen en la norma jurídica. En este caso, la encontraremos contenida en los artículos 395 y 413 de la Ley Federal del Trabajo, mediante la cual los patrones pueden remover de su trabajo a la persona que renuncie o sea expulsada del sindicato contratante. Esto transgrede no sólo los artículos 5, 9 y 123, apartado A, fracción XVI, de la Carta Magna, sino los tratados internacionales, como el Convenio 87 con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La eliminación de la cláusula de exclusión contenida en el proyecto de la reforma laboral es el cambio más importante en materia sindical realizado por los legisladores, que se consideran expertos. De acuerdo con los especialistas, para que los cambios en materia de transparencia y democracia sindical sean operativos se requiere dar luz verde a la minuta que permanece en discusión en la Cámara de Diputados debido a que contiene la derogación del artículo en el que está inscrita la cláusula.
La cláusula de exclusión se encuentra en el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) vigente ya mencionado, ésta permite a los sindicatos pedir al patrón la separación del empleo del trabajador expulsado del sindicato al que pertenece. Sin embargo, el 17 de abril del año 2001, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por unanimidad, declararla inconstitucional.
“Esta cláusula ha sido una de las armas más poderosas que han tenido los líderes sindicales para tomar venganza, amedrentar o imponerse a los trabajadores”, aseguramos todos los abogados en derecho laboral.
A través de este mecanismo, algunas organizaciones obreras tienen la facultad de exigir al patrón el despido de cualquier agremiado que decida separarse del sindicato o que sea expulsado por cualquier circunstancia. El problema no es menor si consideramos que, además de fortalecer el clientelismo y el corporativismo, con esto se evita garantizar la transparencia dentro de los sindicatos.
Éstos han argumentado que las cuotas de los trabajadores no son motivo de rendición de cuentas “externas” ,si lo queremos decir en términos coloquiales, porque es un recurso privado toda vez que el trabajador las aporta a su organización sindical, pero la reflexión simple nos hace concluir que a ningún trabajador le gustaría sentir incertidumbre por andar pidiendo cuentas de lo que aporta, quizá yo me equivoco, y los trabajadores son muy felices de aportar sus recursos o, incluso, hay líderes sindicales que sí están informando de forma puntual.
En el caso de los legisladores, existe la obligación moral y legal de vigilar que la norma jurídica no afecte ni la libertad ni los derechos fundamentales de ninguna persona. Incluso, esto último se fortaleció con la aprobación de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos, podemos interpretar que no sólo el Poder Ejecutivo está obligado a respetarlos y fomentarlos, sino también el Legislativo y el Judicial desde el ámbito de su competencia.
Es en este artículo y en el de la discusión de la reforma laboral que el grupo parlamentario del Verde Ecologista en la Cámara de Diputados ha presentado una reforma a diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, que garantice “las relaciones de trabajo bajo el principio de recíproca solidaridad, por el que los patrones atenderán siempre a la aspiración y legítimo derecho de los trabajadores”.
Cabe mencionar que es una buena señal que todas las fracciones hayan avalado a quien preside la Comisión dictaminadora y que las diferentes fuerzas políticas estén poniendo sus propuestas sobre la mesa para construir los acuerdos, porque significa que sí habrá reforma, pese a algunas expresiones de rechazo y amenazas de movilizaciones y protestas.
Por último, no quiero dejar de mencionar que, si bien es cierto que la actual reforma es indispensable para avanzar en el tema de inversión y generación de empleo, también es cierto que falta que se pongan sobre la mesa de discusión los derechos laborales de sectores que dependen del Poder Ejecutivo, que se tenga garantizado sus derechos mínimos y los de sus familiares en igualdad con otros funcionarios públicos.
Es importante hacer valer los derechos obreros, entre ellos la libertad sindical, pero sin perder de vista los grandes objetivos de los trabajadores que son: la democracia sindical y la reorganización democrática del movimiento obrero.
El dictamen de la Corte puede ayudarnos en la coyuntura para movernos con mayor libertad al interior de los sindicatos. Esto lo debemos aprovechar pero no para renunciar los sindicatos sino para rescatarlos del charrismo y democratizarlos. Los sindicatos siguen siendo vigentes y necesarios para la defensa obrera frente al capital.
La reorganización es urgente precisamente en sindicatos nacionales de industria forma moderna de organización del proletariado. Por lo demás, los sindicatos nacionales son una conquista de los trabajadores en lucha. Necesitamos, eso sí, la unidad democrática. En nuestro plan de reorganización no se requieren miles de sindicatos y sindicatitos, se precisan únicamente de 20 sindicatos en otras tantas ramas de la producción económica en el país.
Asimismo, necesitamos de la contratación colectiva de trabajo y la modernización de ésta mediante contratos colectivos de trabajo únicos por rama de actividad industrial y mejorar nuestro país.