+ Columna de Eduardo Coronel Chiu, publicado en Diario AZ Xalapa y Veracruz
Zona Centro
Eduardo Coronel Chiu - 2014-03-27
Tenga o no posibilidades de aprobación en el Congreso, el diputado del PRD, Cuautémoc, Pola Estrada, consiguió meter a la agenda de discusión pública su iniciativa de ley para crear las sociedades de convivencia, una forma tímida de reconocer derechos y obligaciones a las parejas homosexuales que viven bajo un mismo techo, pero con la prohibición de celebrar adopciones.
Con todo y la bancada legislativa de la que forma parte el diputado Pola está integrado de sólo tres diputados, incluyéndolo a él, su propuesta de ley presentada el pasado jueves de inmediato obtuvo reacciones encontradas, dentro del Poder Legislativo y afuera, de organizaciones e instituciones. No obstante el rezago de la fórmula propuesta –se recuerda que ese tipo de asociaciones civiles fueron aprobadas en el Distrito federal en 2006, pero en 2010, se transformaron en matrimonios entre homosexuales-, la iniciativa de Pola abrió aquí otro capítulo de otra polémica que mezcla la ideología y la moral con el derecho, en la que la iglesia católica y el conservadurismo moral han pretendido dictar la solución jurídica.
Frente a la homofobia y las visiones morales que se asumen absolutas está la postura liberal que postula respeto a la vida privada, las preferencias sexuales e intimidades de cada quien.
PRECEDENTES DE LA CORTE
Más allá entre el conflicto de moralidades diversas e incluso antagónicas se encuentra el referente de constitucionalidad en el país, del que ya hay un claro precedente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La sociedad de convivencia planteada por Pola se ha quedado atrás en lo que ya es jurídicamente reconocido, incluso aunque las simpatías gay puedan considerarla avanzada –su peor es nada- hay criterios del Poder Judicial federal que la juzgan como discriminatoria, equivalente a aquella tesis de la corte americana, ya superada, que decretaba para negros y blancos una igualdad aparente, “iguales pero separados”, que validó por décadas la segregación racial.
Por otro lado, se recuerda que en 2010 la Asamblea Legislativa del Distrito federal aprobó la reforma a la legislación civil que permitió el matrimonio homosexual, mismo que originó una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el gobierno de Felipe Calderón por conductos de su Procurador de Justicia, al considerarla violatoria de los principios constitucionales en materia de matrimonios y familia. El fallo de la Corte, por mayoría de 9 a favor y 2 en contra, desechó por infundada la promoción del Gobierno de la República.
El argumento de la Corte, ajeno a la polémica moral, se centró en los puntos puramente jurídicos. En lo medular de su tesis afirmó que no hay en la Constitución del país un modelo único de matrimonio y familia, sino que protege todo tipo de familia sin que en el matrimonio entre un hombre y una mujer sea la única forma de integrarla; asimismo este tipo de pareja puede celebrar adopciones: “no hay diferencia significativa entre la paternidad heterosexual y homosexual, la base de estos actos son los derechos constitucionales a la igualdad y a la no discriminación.
EL MILK JAROCHO
El escaso poder del PRD y del diputado Pola en el Congreso local no asegura que la iniciativa de sociedad de convivencia vaya a pasar siquiera la aduana de la comisión dictaminadora; a menos que alcance los apoyos políticos que la lleven a votación y aprobación al pleno de diputados. Por lo tanto, el diputado Pola gano visibilidad por asumir el pseudo orgullo gay veracruzano. Su iniciativa, dice, salió con timidez del clóset.
¿DE TRES O DE SEIS AÑOS?
En la ambigüedad ha quedado el periodo para el que este lunes fue nombrada consejera del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) la ex magistrada del Trife en Xalapa, Yoli García Álvarez. La discusión de diputados sobre la terna propuesta por el Gobernador Javier Duarte de Ochoa abundó en sus antecedentes profesionales, a favor y encontra, pero nada observó acerca de cuál sería el periodo de su nombramiento. Los documentos generados por el gobernador no eran precisos en ese punto -la convocatoria y propuesta de terna-, de ahí queda para los diputados en su dictamen o en el decreto de nombramiento acotar, conforme a la ley de la materia (artículo 50), que dicho nombramiento sería para “culminar el periodo” por sustitución a la renuncia presentada por el consejero (Luis Ángel Bravo) designado para seis años. A ver si lo corrigen en la publicación del decreto de la Gaceta, o se entenderá que el pago a doña Yoli es por seis años.
ADSCRIPCIÓN DE MAGISTRADO
Este viernes sesionará el pleno del Tribunal Superior de Justicia para adscribir al magistrado Jorge Espinosa Castillo, quien rindió protesta al cargo el pasado lunes después de más de tres años había sido nombrado por el Congreso local. Con la resolución de su litigio, le correspondería en un criterio lógico, ocupar la vacante dejada en la sexta sala en materia civil por su contraparte, el hoy ex magistrado Ricardo Murga, además de que Jorge Espinosa cubre sobradamente el perfil, dada su larga trayectoria en el Poder Judicial y en particular como juez civil de primera instancia. Sin embargo, decidir la adscripción es competencia de los 9 magistrados que integran el “ mini pleno” del Tribunal, y algunos de ellos podrían intentar otras opciones de movimientos en atención, dicen, a “compromisos políticos”.